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Todo sobre la Ley de la Segunda Oportunidad

Cancelación y alcance de las deudas

¿Puedo conseguir que me perdonen mis deudas?

Sí. Es precisamente lo que busca esta ley: que las personas que ya no pueden pagar consigan eliminar o reducir gran parte de sus deudas, de forma legal y definitiva.

¿Se pueden incluir las deudas con Hacienda o la Seguridad Social?

Sí, también se pueden incluir, aunque solo una parte puede eliminarse.

La ley permite perdonar hasta 10.000 € con Hacienda y otros 10.000 € con la Seguridad Social.


El resto se puede pagar con un plan adaptado a tu situación.

¿Las deudas desaparecen para siempre?

Sí. Cuando el juez aprueba la cancelación, esas deudas dejan de existir.
Nadie podrá reclamártelas ni volver a pedirte que las pagues.

El único caso en el que se te pueden volver a exigir las deudas es si tu situación económica cambiara radicalmente a mejor durante los 5 años siguientes y alguno de tus acreedores los demandara en el juzgado.

¿Puedo hacer un plan de pagos en lugar de cancelar todo?

Sí. Hay personas que prefieren acordar un plan de pagos más pequeño y justo, durante unos años, y librarse del resto de la deuda al final del proceso.

Requisitos para acogerse a la Ley

¿Cuándo conviene acogerse a esta ley?

Cuando ya no puedes pagar tus deudas sin dejar de cubrir tus gastos básicos (comida, vivienda, hijos...).

Cuanto antes actúes, más fácil será parar el problema antes de que crezca.

¿Puedo conservar mi casa o mi coche?

En muchos casos sí.

Si tus pagos son razonables y el juez considera que puedes mantenerlos, podrás conservar tu vivienda o tu vehículo.

Cada caso se estudia de forma individual, pero lo que sí es fundamental es que cuando empieces el proceso, tengas la hipoteca al corriente de pago.

¿Qué requisitos tengo que cumplir?

Básicamente tres:

Haber actuado con buena fe (no ocultar bienes ni engañar).

No tener antecedentes penales por delitos económicos.

Demostrar que realmente no puedes pagar lo que te reclaman.

No haberte acogido a la ley en los últimos 5 años

No tener una deuda superior a 5 millones de euros.

Procedimiento y funcionamiento del proceso

¿Qué hay que hacer para acogerse a la Ley?

Solo tienes que reunir tu documentación (deudas, ingresos, bienes) y dejar que nuestros abogados preparen tu caso.

Nosotros lo presentamos ante el juez y nos ocupamos de todo el proceso hasta obtener la resolución.

¿Cuánto tiempo tarda todo esto?

Depende del juzgado, pero suele durar entre 6 y 12 meses a partir de que hayas presentado toda la documentación.

Este plazo será más o menos largo en función de la saturación de los juzgados de tu ciudad.

Obligaciones y efectos inmediatos

¿Puedo dejar de pagar mis deudas desde el primer momento?

Sí, cuando ya te encuentras en una situación real de insolvencia.

La Ley de la Segunda Oportunidad no está pensada para quien deja de pagar por decisión propia, sino para quien ya no puede atender todas sus obligaciones y se ve obligado a pagar unas cosas sí y otras no, haciendo auténticos malabares para llegar a fin de mes.

Cuando una persona ya no puede pagar todo de forma regular, seguir eligiendo qué deudas pagar y cuáles no suele empeorar la situación, sin aportar una solución real. Además, el dinero que se siga pagando durante ese tiempo no se recupera.

Por eso, una vez acreditada esa situación de insolvencia, lo habitual es dejar de pagar y preparar correctamente el procedimiento, en lugar de seguir prolongando una situación insostenible.

En Solveo analizamos tu caso para confirmar que existe insolvencia real y orientarte sobre cómo actuar con seguridad antes de iniciar el proceso judicial.

¿Cuándo se pueden parar los embargos?

Una vez presentada la demanda de cancelación de tus deudas en el juzgado el juez la estudiará y la aceptará a trámite. A partir de ese momento ya se puede solicitar la suspensión de todos tus embargos.

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